CONSIDERACIONES FINALES

La institución de la Revisoría Fiscal en Colombia se ha dado en relación con el desarrollo comercial y financiero de las empresas. Se ha constituido en una función asignada por el Estado al profesional de la Contaduría Pública.

En el seguimiento de la reglamentación del ejercicio profesional puede analizarse que se han considerado: los conocimientos técnicos para poder evaluar con eficiencia la gestión de la administración; manejo del sistema de información contable como base para la gestión de las empresas; independencia mental en el ejercicio de la revisoría fiscal.

Para realizar análisis más profundos acerca de la problemática del ejercicio de la revisoría fiscal podrían abordarse perspectivas de análisis metodológico de carácter interdisciplinario y crítico, para lo cual es importante partir no sólo de disciplinas económicas, como: la gestión, la economía y la contabilidad, sino también de disciplinas sociales, como la sociología y la historia.

Con el fin de profundizar en el estudio del ejercicio profesional de la revisoría fiscal, se propone seguir una línea de estudio en la cual se considere:

• Contextualizar el devenir histórico del ejercicio de la revisoría fiscal con el fin de identificar las lógicas presentes en su desarrollo.

 • Identificar y analizar las dinámicas de los principales agentes que intervienen en el campo del ejercicio de la Revisoría Fiscal.

• Contrastar las tendencias del actual ejercicio de la revisoría fiscal con las orientaciones contemporáneas de control local y global.


¿LA REVISORÍA FISCAL ESTÁ CUMPLIENDO CON SU OBJETIVO?

Desde hace un tiempo, en el país se han escuchado voces a favor de la eliminación de la figura de la revisoría fiscal, en vista, según los promotores de esta propuesta, de la supuesta inoperancia de la revisoría, en vista de que no cumple con los objetivos para los que fue creada.

Lo preocupante el asunto, es que posible que estos personajes tengan razón en el sentido de que la figura de la revisoría fiscal se ha desvirtuado por los pobres resultados que la revisoría deja muchas empresas.

Si bien es posible que la revisoría (algunos revisores) no este cumpliendo el papel que le fue asignado, la solución no es eliminarlos. Es como cortar el árbol si éste no da frutos. La solución debe ser combatir las causas por las que la revisoría a dejado de hacer lo que tiene que hacer.

Podríamos resumir que el objetivo de la revisoría es velar por que se hagan bien las cosas en las empresas. Pero, ¿lo está haciendo en realidad? La respuesta es que en muchos casos no. A pesar de la existencia de un revisor fiscal en las empresas, muchas de estas resultan quebradas, involucradas en casos de corrupción, en casos de evasión de impuestos, de evasión de parafiscales y seguridad social, en casos de todo tipo de fraudes, etc.


¿Donde está el revisor fiscal de esas empresas emproblemadas?

El revisor está ahí presente, sólo que por algunas razones y circunstancias no se percata de los hechos, o si se entera de ellos, no es mucho lo que puede hacer. Es común que muchos revisores sólo se limiten a firmar las declaraciones tributarias y los estados financieros. No van a la empresa sino un día al final de mes.

La razón por la que no pueden dedicarle mas tiempo a la empresa, en parte, es porque las empresas pagan muy poco, y el revisor se ve en la necesidad de trabajar en varias empresa, y entonces no le pueden dedicar el tiempo suficiente a ninguna de ellas, así que nunca podrá conocer a profundidad lo que sucede dentro de ellas, y en consecuencia, no podrá cumplir con sus funciones a cabalidad.

Otra causa (y quizás la mas grave), por la que algunos revisores fiscales no cumplen con las funciones que la ley les ha asignado, es que deben ser permisivos y tolerantes ante las irregularidades que se presenten en las empresas. Esto debido a que por necesidad de conservar el empleo, deben someterse a las exigencias de la empresa, y todos sabemos que lo que una persona no hace, otra sí, y bajo esta filosofía es que se cometen las irregularidades en las empresas y el revisor no las informa o reporta. Siempre habrá una persona que hará lo que otra por principios éticos y morales no hace.

Tristemente estas situaciones van en detrimento la profesión contable, la cual ha visto afectada su credibilidad, tanto que algunos sectores han exigido la eliminación de la revisoría fiscal, por ser en muchos casos, foco de corrupción, o al menos, tolerante con ella.

Ojalá el contador público colombiano tome conciencia de la importancia de su labor y evite este tipo de comportamientos y actuaciones equivocadas.



GLOSARIO

Accionista: es aquella persona natural o jurídica que es propietaria de acciones de los distintos tipos de sociedades anónimas o comanditarias que pueden existir en el marco jurídico de cada país.



Auditoría: puede definirse como el examen comprensivo y constructivo de la estructura organizativa de una empresa de una institución o departamento gubernamental; o de cualquier otra entidad y de sus métodos de control, medios de operación y empleo que dé a sus recursos humanos y materiales.


Contabilidad: es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Estos datos permiten conocer la estabilidad y solvencia de la compañía, la corriente de cobros y pagos, las tendencias de las ventas, costos y gastos generales, entre otros. De manera que se pueda conocer la capacidad financiera de la empresa.


Contador Público: el profesional dedicado a aplicar, manejar e interpretar la contabilidad de una organización o persona, con la finalidad de producir informes para la gerencia y para terceros, que sirvan a la toma de decisiones.


Control: es un conjunto de normas procedimientos y técnicas a través de los cuales se mide y se corrige el desempeño para asegurar la consecución de metas y objetivos. Por su parte Sánchez Chichilla Walter estructura un concepto de control que tiene inmersos los conceptos de permanencia, integralidad, autonomía, eficacia y neutralidad que son vitales para entender a la revisoría fiscal como institución de control ya que a ésta le corresponde prever, detectar y corregir.


Evaluación: El término evaluar significa señalar el valor de una cosa; estimar, apreciar, calcular el valor de una cosa. La evaluación es un acto que se realiza a posteriori. Se evalúa lo acabado, lo terminado, lo concluido, lo consumado; con el fin de emitir un concepto sobre aquello que fue.


Examen: Término que indica indagación y estudio de un hecho, prueba que se hace para conocer la idoneidad de un sujeto para el ejercicio de una facultad, arte u oficio.


Fe pública: es una figura jurídica que originalmente corresponde al Estado, pero en vista de la imposibilidad material que tiene el estado, de dar fe de todos lo actos en los que intervienen las personas, se ha visto en la obligación de delegar ésta función en algunas personas, como es el caso de los Contadores públicos y notarios


Fiscalización: Tal como lo plantea el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española fiscalizar significa criticar las acciones de otro, de aquí surge la capacidad de dictaminar y emitir un juicio sobre la forma como la administración (otra institución) actúo frente a la confianza que los propietarios le dieron.


Informe: Exposición, generalmente escrita, sobre un asunto o persona, en el que se aportan datos y valoraciones para que sea fácil tomar una decisión al respecto.


Interventoria: significa tomar parte en un asunto, imponer uno autoridad, en tratándose de cuentas significa examinarlas o censurarlas con autoridad suficiente. Quien interviene, es el que autoriza y fiscaliza ciertas operaciones con el fin de verificar que se lleven a cabo bajo las normas que les rige.


Sanción: Castigo que impone una autoridad a la persona que infringe una ley o norma.


Seguimiento: Ir detrás de una persona o cosa, caminar hacia ella, dirigir la visión hacia un objeto que se mueve y mantener la vista en él, proseguir o continuar lo empezado.


Superintendencia: es un organismo que tiene la administración o vigilancia superior de un ramo, particularmente, de un área económica o social; del mismo modo se denomina al ejercicio de funciones de esa índole. Habitualmente su máxima autoridad se conoce como Superintendente.



BIBLIOGRAFIA

http://www.gerencie.com/
http://www.actualicese.com/
trabajo  realizado por asecop.
http://html.rincondelvago.com/auditoria_7.html
http://www.monografias.com/trabajos5/contab/contab.shtml